
Política AML / KYC de Casino Rio Barranquilla
- Introducción y propósito
Casino Rio Barranquilla es un establecimiento de juego presencial ubicado en la Carrera 53 No. 79-47, Barranquilla, Colombia, que opera dentro del marco normativo colombiano aplicable a los juegos de suerte y azar. Como parte de sus obligaciones legales y corporativas, en el casino se aplican procedimientos de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo (PLA/FT), así como protocolos de conocimiento del cliente (KYC, por sus siglas en inglés: Know Your Customer).
El presente documento describe el alcance general de estas obligaciones, los procedimientos aplicables en el establecimiento y las responsabilidades tanto del casino como de los usuarios que acceden a sus instalaciones y servicios.
Casino Rio Barranquilla forma parte de la red de establecimientos operados por Winner Group Colombia, vinculado al grupo CIRSA. Las políticas de cumplimiento se gestionan a nivel corporativo y se aplican de manera transversal a todos los establecimientos de la red, incluyendo Casino Rio Barranquilla.
2. Marco regulatorio aplicable
2.1 Regulación nacional
En Colombia, los establecimientos de juegos de suerte y azar están sujetos a la supervisión de Coljuegos, entidad encargada de la regulación, inspección, vigilancia y control de esta actividad. Adicionalmente, los operadores de juego deben cumplir con la normativa colombiana en materia de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo, conforme a las disposiciones del sistema nacional antilavado y a los estándares internacionales del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI/FATF).
2.2 Estándares internacionales
Casino Rio Barranquilla reconoce los estándares internacionales de cumplimiento AML/KYC aplicables a la industria del juego, que incluyen la identificación y verificación de clientes, la evaluación de riesgos, el monitoreo continuo de operaciones y el reporte de transacciones inusuales o sospechosas ante las autoridades competentes.
3. Conocimiento del cliente (KYC)
3.1 Identificación y verificación de identidad
Todo usuario que acceda a los servicios del casino puede estar sujeto a la solicitud de presentación de un documento de identidad válido y vigente. Este requisito aplica especialmente en los siguientes casos:
- Al momento de ingresar al establecimiento, cuando así lo requieran los controles de acceso.
- Al realizar operaciones en efectivo que superen los umbrales establecidos por la normativa vigente.
- Al cobrar premios o realizar cambios de fichas por encima de los límites definidos internamente o por la regulación.
- Cuando el personal del casino lo considere necesario en el marco de los procedimientos de debida diligencia.
Los documentos aceptados para la verificación de identidad son aquellos emitidos por autoridades colombianas competentes, incluyendo la cédula de ciudadanía para nacionales y el documento de identidad equivalente para extranjeros.
3.2 Verificación de edad
El acceso a las instalaciones y servicios de Casino Rio Barranquilla está restringido a personas mayores de edad conforme a la legislación colombiana vigente. El casino se reserva el derecho de solicitar documentación que acredite la edad del usuario en cualquier momento.
3.3 Debida diligencia reforzada
En determinadas circunstancias, el casino puede aplicar medidas de debida diligencia reforzada. Esto incluye, entre otros supuestos, cuando el usuario es identificado como Persona Políticamente Expuesta (PEP), cuando las operaciones presentan características inusuales o cuando el perfil del cliente genera indicadores de riesgo elevado. En estos casos, el casino puede requerir documentación adicional y realizar verificaciones complementarias antes de continuar con la prestación del servicio.
4. Prevención de lavado de activos (AML)
4.1 Monitoreo de operaciones
En Casino Rio Barranquilla se aplican procedimientos de monitoreo continuo sobre las operaciones realizadas en el establecimiento. El objetivo de este monitoreo es detectar patrones de comportamiento o transacciones que puedan estar asociados a actividades de lavado de activos o financiación del terrorismo.
Entre los indicadores que pueden activar una revisión adicional se encuentran, entre otros:
- Operaciones en efectivo de alto valor realizadas de forma fraccionada o en períodos cortos de tiempo.
- Cambios de fichas o cobros de premios que no guarden relación con el historial de juego del usuario.
- Comportamientos que sugieran el uso del establecimiento con fines distintos al juego.
4.2 Reporte de operaciones sospechosas
Cuando en el casino se identifiquen operaciones que presenten indicadores de posible lavado de activos o financiación del terrorismo, existe la obligación de reportarlas ante las autoridades competentes conforme a la normativa colombiana. Este reporte se realiza sin necesidad de notificar previamente al usuario involucrado.
4.3 Conservación de registros
Casino Rio Barranquilla conserva los registros de las operaciones y de la información de identificación de los clientes durante los plazos establecidos por la regulación aplicable. Esta información puede ser puesta a disposición de las autoridades competentes cuando así lo requieran en el marco de investigaciones o procedimientos legales.
5. Listas de control y sanciones
En el casino se verifican los datos de los clientes contra listas de sanciones nacionales e internacionales, así como contra registros de Personas Políticamente Expuestas (PEPs). En caso de que un usuario figure en alguna de estas listas, se aplicarán las medidas correspondientes conforme a la normativa vigente, lo que puede incluir la restricción del acceso al servicio y el reporte a las autoridades competentes.
6. Responsabilidades del usuario
Los usuarios que accedan a Casino Rio Barranquilla asumen las siguientes obligaciones en el marco de esta política:
- Proporcionar información veraz y documentación válida cuando sea requerida por el personal del casino.
- No utilizar las instalaciones o servicios del establecimiento con fines distintos al juego lícito.
- Cooperar con los procedimientos de verificación de identidad y debida diligencia que el casino aplique en cumplimiento de sus obligaciones legales.
- No realizar operaciones que puedan ser constitutivas de lavado de activos, financiación del terrorismo u otras actividades ilícitas.
El incumplimiento de estas obligaciones puede derivar en la restricción del acceso al establecimiento y en el reporte de la situación ante las autoridades competentes.
7. Responsabilidades del casino
En Casino Rio Barranquilla se mantienen las siguientes responsabilidades en materia de AML y KYC:
- Aplicar los procedimientos de identificación y verificación de clientes de manera consistente y conforme a la normativa vigente.
- Mantener la confidencialidad de la información recopilada, salvo en los casos en que la ley obligue a su divulgación ante autoridades competentes.
- Capacitar al personal en materia de prevención de lavado de activos y conocimiento del cliente.
- Actualizar los procedimientos internos conforme a los cambios normativos que resulten aplicables.
8. Contacto y consultas
Para consultas relacionadas con esta política o con los procedimientos de verificación aplicados en el establecimiento, los usuarios pueden dirigirse directamente al personal del casino en la dirección Carrera 53 No. 79-47, Barranquilla, Colombia, o comunicarse a través de los teléfonos de contacto del establecimiento: (601) 5896000 ext. 5230 o (601) 5896000 ext. 5002.
Se recomienda confirmar los horarios de atención directamente con el establecimiento, dado que pueden existir variaciones según el día de la semana.
9. Vigencia y actualizaciones
Esta política refleja las obligaciones generales aplicables a Casino Rio Barranquilla en materia de AML y KYC conforme al marco normativo colombiano vigente. El casino se reserva el derecho de actualizar los procedimientos descritos en este documento cuando así lo requieran cambios regulatorios o decisiones corporativas del grupo operador. Las actualizaciones relevantes serán comunicadas a través de los canales disponibles del establecimiento.
